Resumen ejecutivo
- ¿Qué hay de nuevo? La división antimonopolio del DOJ anunció su programa de recompensas de denunciantes, que ofrece hasta el 30% de multas penales más de $ 1 millón a personas que informan información original sobre antimonopolio y delitos penales relacionados.
- Por qué importa: El programa incentiva a la luz antimonopolio y los delitos relacionados, potencialmente aumentando los informes de los empleados, el personal de cumplimiento y otros, al tiempo que aumenta los riesgos de presentaciones equivocadas o mal caracterizadas.
- Qué hacer a continuación: Las empresas deben considerar, entre otras medidas, mejorar la capacitación de cumplimiento antimonopolio, establecer sistemas de informes internos sólidos, mantener políticas contra la retaliación e investigar rápidamente reclamos para mitigar los riesgos.
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La división antimonopolio del Departamento de Justicia (la División) anunció recientemente su Programa de recompensas de denunciantes (el programa) en colaboración con el Servicio Postal de los Estados Unidos y la Oficina del Inspector General del Servicio Postal de los Estados Unidos (las agencias). El programa incentiva a las personas a informar violaciones elegibles a la división por la oportunidad de recibir hasta el 30% de las multas penales recuperadas por encima de $ 1 millón.
El anuncio del 8 de julio de 2025 es parte de un esfuerzo más amplio dentro del departamento para aumentar los informes de delitos corporativos y la primera vez que la división ofrece recompensas financieras a los denunciantes.
«Los delitos antimonopolio y los delitos relacionados … a menudo ocurren en secreto, lo que hace que la detección sea un desafío formidable», dijo el fiscal general adjunto Gail Slater de la división en un comunicado de prensa. Ella dijo que el programa está destinado a ayudar a «desglosar esas paredes de secreto» y crear una «tubería de clientes potenciales de personas con conocimiento de primera mano de antimonopolio criminal y delitos relacionados» al incentivar financieramente a esas personas a informar sospechas de violaciones antimonopolio.
La posibilidad de recompensas significativas probablemente estimulará más denunciantes a la división antimonopolio, incluso por el personal de cumplimiento que aprende de información mientras realiza su trabajo. Pero también es probable que aumente el riesgo de informes de información errónea, incomprendida o errónea hecha con el ojo hacia una recompensa lucrativa.
Violaciones penales elegibles
Según el Memorando de Entendimiento del Programa (MoU), las «violaciones penales elegibles» se extienden más allá de los delitos de la Ley antimonopolio de Sherman a los delitos federales que afectan la contratación pública y las investigaciones antimonopolio. Específicamente, estas son violaciones penales:
- De la Ley Sherman §§ 1, 2 y 3, como la fijación de precios, el aparejo de ofertas y la asignación del mercado y ciertos casos de monopolización.
- Comprometido a efectuar, facilitar o ocultar violaciones de la Ley Sherman.
- Dirigir o afectar la contratación pública federal, estatal o local.
- Dirigirse o afectar la realización de investigaciones o procedimientos de la competencia federal.
La violación también debe afectar el servicio postal, sus ingresos o su propiedad, lo que hace que el servicio postal sufra un daño identificable. Si bien es relevante para la elegibilidad del programa, es poco probable que este requisito sea una barrera significativa para la recuperación, ya que las agencias han declarado que el daño al servicio postal no necesita ser material o sustancialmente perjudicial. Dado que el servicio postal interactúa y compra desde una amplia gama de industrias, el umbral de daños probablemente se cumplirá en muchas de las violaciones antimonopolio graves reportadas a la división.
Autoridad de programas
La autoridad legal para el programa se basa en 39 USC § 2601 y 39 USC § 404 (a) (7), que permiten al Servicio Postal cobrar multas y sanciones derivadas de asuntos que afectan el servicio postal y pagan una porción a la persona que informó a la agencia sobre la violación.
Requisitos de elegibilidad de recompensa
Para recibir una recompensa, un denunciante debe Informe voluntariamente información original sobre una violación criminal elegible que es suficiente oportuno, específico y creíbley resulta en una multa penal de al menos $ 1 millón o una recuperación equivalente de un enjuiciamiento diferido o un acuerdo de no prosecución. Sujeto a la discreción de la División, los denunciantes generalmente recibirán entre el 15% y el 30% del valor criminal de multa o recuperación.
Entre los factores que la división usará para determinar el monto del premio de un denunciante se encuentran si el denunciante:
- Ayudó a la división, por ejemplo, interpretando evidencia clave o explicando transacciones complejas.
- Se enfrentaron las dificultades como resultado de informar o ayudar con una investigación.
Un denunciante que participó en la actividad reportada puede ser elegible para una recompensa, a menos que él o ella forzado Otra fiesta para participar o LED u originado la actividad. La división considerará el grado en que un denunciante participó en la actividad reportada al decidir el monto de la recompensa.
Del personal de cumplimiento a denunciantes
La división restringe a ciertas personas de beneficiar la información que reciben sobre las violaciones penales elegibles en virtud de su papel o posición. Este grupo incluye:
- Personal de cumplimiento.
- Representantes legales obligados por el privilegio abogado-cliente.
- Personas con firmas de contabilidad y otras empresas de investigación contratadas para revisar posibles violaciones.
El MoU afirma que las presentaciones de denunciantes de estas personas no reflejarían la «información original», lo que hace que las presentaciones no sean elegibles para una recompensa.
Sin embargo, el MOU incluye una talla bajo la cual cierto personal de cumplimiento puede «soplar el silbato» y posicionarse para recibir una recompensa. Específicamente, bajo el MOU de las agencias, un empleado o afiliado cuyos deberes principales implican cumplimiento o auditoría interna aún pueden proporcionar «información original» a la división si transcurrieron al menos 120 días, ya que el empleado o afiliado proporcionó información sobre la violación del comité de auditoría de la Compañía, el oficial legal jefe, el jefe de cumplimiento o su supervisor.
Además, si han transcurrido 120 días ya que el empleado o afiliado recibió información «en circunstancias que indican» que el comité de auditoría de la entidad, el director legal, el director de cumplimiento o su supervisor sabían la información, se puede clasificar de manera similar como «información original» para el propósito de la elegibilidad del programa.
Los funcionarios, directores, fideicomisarios o socios que fueron informados de las acusaciones de mala conducta o que aprendieron sobre ello a través del proceso interno de una empresa para informar o abordar violaciones también pueden ser elegibles para el programa bajo esta notificación de aviso de 120 días.
Construir una variedad de incentivos para informar
El programa agrega otra herramienta a la caja de herramientas de investigación del DOJ mientras continúa expandiendo los esfuerzos para promover la divulgación o la autoinformación de la actividad criminal corporativa.
- La división ha ofrecido durante mucho tiempo alguna forma de clemencia para la divulgación voluntaria de la actividad antimonopolio ilegal bajo su política de clemencia antimonopolio. En su iteración actual, las personas y corporaciones calificadas que divulgan las violaciones de la Ley Sherman §§ 1 o 3 (a) pueden evitar cargos penales y triplaje de daños en casos civiles. Para la clemencia individual, la actividad debe divulgarse antes de que comience una investigación antimonopolio. Para las corporaciones, existen vías de clemencia separadas basadas en si el autoinforme se realiza antes o después de que comience una investigación antimonopolio.
- En abril de 2024, la División Criminal del DOJ publicó un programa piloto sobre autocompresores voluntarios para individuos, por lo que un individuo podría recibir un acuerdo de falta de prosecución para revelar voluntariamente información original sobre ciertos delitos corporativos, como sobornos o fraude de atención médica en el que participó el individuo.
- En agosto de 2024, el Departamento de Justicia anunció su programa piloto de premios de denunciantes corporativos, que incentiva a las personas a informar ciertos delitos corporativos, incluidas las violaciones de las instituciones financieras, el fraude y la corrupción extranjera. Para recibir un premio de denunciante, el individuo debe no haber tenido ningún papel en la actividad ilegal o su papel debe haber sido «suficientemente limitado» de tal manera que estuviera entre los «menos culpables de los involucrados».
A través del desarrollo de cada una de estas políticas, el DOJ tiene como objetivo alentar a las empresas e individuos a reconocer e informar rápidamente las sospechas de violaciones.
Comida para llevar
Los empleados y otras personas ahora tienen un mayor incentivo para prestar atención e informar sospechas de violaciones directamente a la división. El impacto del programa recién anunciado queda por ver, pero mientras tanto, las empresas deberían anticipar un mayor escrutinio por parte de la división a medida que procesa una ola de presentaciones de denunciantes.
A la luz de estos desarrollos, las empresas deben considerar:
- Educar rutinariamente a los empleados en todos los niveles sobre las leyes antimonopolio para garantizar el cumplimiento continuo.
- Establecer un sistema de informes internos para alentar los informes tempranos de temas sospechosos.
- Desarrollo y mantenimiento de políticas antirretaliación para denunciantes.
- Investigar eficientemente las afirmaciones de comportamiento ilegal a medida que se realizan. Si se descubre una actividad ilegal, las empresas pueden querer trabajar con el asesor legal para determinar los próximos pasos apropiados, incluido si el autoinforme es factible.
- Los informes internos ya se han realizado dentro de la organización, reconociendo que la información podría haber sido (o podría pronto) divulgarse a la división, incluso por el personal de cumplimiento de la organización.
Este memorándum es proporcionado por Skadden, ARPS, Slate, Meagher & Flom LLP y sus afiliados solo para fines educativos e informativos y no se pretende y no debe interpretarse como asesoramiento legal. Este memorándum se considera publicidad bajo las leyes estatales aplicables.








