WASHINGTON, DC-La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (IACHR) insta al Estado de Perú a abstenerse de aprobar amnistías por violaciones graves de los derechos humanos, en línea con sus obligaciones internacionales y de conformidad con los juicios y decisiones de monitoreo emitidas por el Tribunal Interamericano de Derechos Humanos relacionados con el país. También exige al estado que garantice el acceso de las víctimas a la justicia.
El IACHR ha estado monitoreando el proceso legislativo que rodea el Proyecto de Ley No. 7549/2023-CR, que fue aprobado en una primera votación y propone otorgar amnistías a los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional de Perú y los comités de defensa propia que han sido reportados, investigados o procesados por acciones comprometidas durante los operaciones contrarrices por 1980. La edad de 70 años que han sido condenadas o cuyas penas de prisión (ya sean efectivas o suspendidas) están pendientes de la ley por delitos cometidos durante ese período. La aprobación final del proyecto de ley del Congreso todavía requiere una segunda votación.
El estado peruano informó a la IACHR que el proyecto de ley aún no ha entrado en vigor y, por lo tanto, aún no ha tenido ningún efecto en los derechos humanos o ha causado ninguna violación de estos. También confirmó que los jueces en todos los niveles tienen la autoridad para evaluar si las leyes son compatibles con los estándares internacionales de derechos humanos. El Estado señaló que cualquier inquietud planteada por el IACHR con respecto a la posible incompatibilidad del proyecto de ley con los estándares de derechos humanos aplicables debe respetar el principio de subsidiaridad inherente al sistema interamericano de derechos humanos. El estado también reiteró su firme compromiso con la protección y promoción de los derechos humanos, incluido el respeto y la garantía de acceso a la justicia y la protección judicial.
El proyecto de ley en discusión es parte de un conjunto más amplio de medidas destinadas a prevenir el enjuiciamiento penal de los agentes estatales responsables de las violaciones graves de los derechos humanos cometidas contra miles de personas como parte de las operaciones de seguridad de contrainsurgencia entre 1980 y 2000. En 2024, tanto el IACHR como el Tribunal de la IA expresaron preocupación por las medidas legales para aplicar la aplicación de los estatutos de las limitaciones a los delitos. En particular, el Coordinador Nacional de Derechos Humanos declaró públicamente que el proyecto de ley actual podría afectar 156 casos con condenas y más de 600 procedimientos en curso, incluidos los casos relacionados con ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, tortura, violencia sexual y masacres, muchos de los cuales han sido reportados por las víctimas y sus familias.
La prohibición de las amnistías para violaciones graves de los derechos humanos es una obligación bajo el derecho internacional que ha sido reconocida en el sistema interamericano desde entonces 1992. En su fallo en el Barrios Altos caso y como parte del monitoreo conjunto del La Cantuta Caso, el tribunal de IA ha observado constantemente la inadmisibilidad de las amnistías, los estatutos de limitación y la exclusión de cláusulas de responsabilidad que buscan impedir la investigación y el castigo de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos, como la tortura; Ejecuciones sumarias extralegales o arbitrarias y desaparición forzada.
El Ia corte ha aclarado que las llamadas amnistías humanitarias basadas en la edad de los beneficiarios solo están permitidos según el derecho internacional cuando se trata de delitos no violentos o menores. En 2018, el Tribunal de la IA declaró además que en casos de violaciones de los derechos humanos graves, cualquier medida legal dirigida a proteger la salud, la vida o la integridad de las personas condenadas debe imponer la menor restricción posible en el derecho de acceso de las víctimas a la justicia y debe aplicarse solo en casos excepcionales donde tales medidas son absolutamente necesarias.
De acuerdo con el Artículo 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que requiere que los estados adopten medidas legales nacionales que implementen sus obligaciones internacionales de derechos humanos, el IACHR reitera su llamado para que Perú se abstenga de aprobar este proyecto de ley. En cambio, el estado debe adoptar mecanismos para acelerar la resolución de los casos en curso y proporcionar certeza legal tanto a las víctimas como a los acusados. Del mismo modo, cualquier medida humanitaria debe ser consistente con los estándares descrito por el tribunal de IA a Perú Con respecto a las leyes que extinguen, suspenden, reducen o modifican las sanciones por violaciones graves de los derechos humanos o delitos contra la humanidad.
El IACHR es un organismo principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato proviene de la Carta de la OEA y la Convención Americana de Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como un organismo asesor para la OEA sobre el asunto. El IACHR está compuesto por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA en su capacidad personal, y no representan a sus países de origen o residencia.









